"Que la luz de ustedes alumbre delante de todos."

La Biblia como fuente para la Declaración Universal de Derechos Humanos

Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de no observar ninguna, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.

En el «Día De Los Derechos Humanos» invoco el Artículo 18 para manifestar que no encuentro en la Biblia choque con estos 30 artículos de la Declaración.  En general, estos artículos no contradicen principios fundamentales en las Sagradas Escrituras; y en particular, al menos 19 de ellos tienen fuerte sintonía con valores distintivos de la Justicia y el Derecho que se declaran en el Pentateuco, los Profetas, el Sermón del Monte y las Epístolas, entre otros.  Como cristiano, aprendiz de la Palabra de Dios, considero que hay una base teológica suficientemente demandante para velar por que se respeten estos treinta artículos contenidos en la Declaración Universal de Derechos Humanos, proclamados el 10 de diciembre de 1948 en la Asamblea General de las Naciones Unidas.

Los derechos humanos son asunto de intrínseca dignidad. El informe de la Consulta Teológica sobre Responsabilidad Social de la Confraternidad Evangélica Latinoamericana en Ciudad de Panamá, 1983, refiere que «los hombres, por haber sido creados a la imagen de Dios, tienen por esto mismo una dignidad que debe ser respetada sin discriminación por causa de raza, posición social o cualquier otro motivo». El Pacto de Lausana (Suiza, 1974) indica que «la humanidad fue hecha a la imagen de Dios; consecuentemente, toda persona, sea cual sea su raza, religión, color, cultura, clase, sexo o edad, tiene una dignidad intrínseca a causa de la cual debe ser respetada y servida, no explotada».

Dios dio por culminada la creación de los cielos y la tierra con la creación del ser humano, «y todo ello era bueno en gran manera» (Génesis 1:31 RVC).  Pero luego, «…todos pecaron y están destituidos de la gloria de Dios» (Romanos 3:23 RVC).  El pecado mismo de la humanidad trajo, entre otras consecuencias relacionadas con la eternidad, la deshumanización terrenal de la dignidad del ser humano.  Ahora bien, así como en la creación, solamente Dios interviene en la redención:

Porque así como por la desobediencia de un solo hombre muchos fueron constituidos pecadores, así también por la obediencia de uno solo muchos serán constituidos justos. La ley se introdujo para que abundara el pecado; pero cuando el pecado abundó, sobreabundó la gracia; para que así como el pecado reinó para traer muerte, también la gracia reine por la justicia para darnos vida eterna mediante Jesucristo, nuestro Señor. (Romanos 5:19-21 RVC)

En años recientes, en Honduras como en los demás países en América Latina, en las iglesias se levantan movimientos de valientes promotores de paz, que proclaman justicia, que alientan hacia el bien común, y que defienden la dignidad humana.  Hay una conciencia renovada, que aunque tiene «mucho camino por recorrer», ya no guarda silencio ante la violación de sus derechos que son también los de sus conciudadanos.  Ahora cada vez más se alista para alzar la voz «por los que no tienen voz».  La Iglesia se abandera de su dignidad para velar y hacer que se respete el derecho a la vida, al matrimonio y la familia, a la educación de los niños, a las libertades de culto, de opinión, de conciencia.  Sí, la Iglesia renueva esperanza por la promoción y la defensa de los treinta artículos de la Declaración Universal de Derechos Humanos.  La Iglesia lo hace por obediencia a La Biblia, para que su luz alumbre delante de todos y así glorificar a su Padre Celestial (Mateo 5:16 RVC).

Síntesis de los treinta artículos:

  1. Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.
  2. Todos tenemos todos estos derechos y libertades.
  3. Todos tenemos derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad.
  4. Nadie estará sometido a esclavitud.
  5. Nadie será sometido a torturas.
  6. Todos tenemos derecho a personalidad jurídica.
  7. Todos somos iguales ante la ley.
  8. Todos tenemos derecho a ser defendidos en los tribunales.
  9. Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso o desterrado.
  10. Todos tenemos derecho a ser oídos públicamente y con justicia por un tribunal independiente.
  11. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad.
  12. Todos tenemos derecho a la protección de la ley ante injerencias arbitrarias en la vida privada, la familia, el domicilio y la correspondencia; y contra ataques a su honra o a su reputación.
  13. Todos tenemos derecho a la libertad de circulación, residencia y movilización.
  14. Todos tenemos derecho a buscar asilo en caso de persecución.
  15. Todos tenemos derecho a una nacionalidad.
  16. Todos los hombres y las mujeres a partir de la edad núbil tienen derecho a contraer matrimonio y fundar una familia.
  17. Todos tenemos derecho a la propiedad privada.
  18. Todos tenemos derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y de religión.
  19. Todos tenemos derecho a la libertad de opinión y expresión.
  20. Todos tenemos derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.
  21. Todos tenemos derecho a participar en el gobierno de nuestro país, con acceso en igualdad de condiciones a las funciones públicas, mediante elecciones auténticas.
  22. Todos tenemos derecho a la seguridad social.
  23. Todos tenemos derecho al trabajo en condiciones equitativas y satisfactorias.
  24. Todos tenemos derecho al descanso y al disfrute de tiempo libre.
  25. Todos tenemos derecho a un nivel de vida adecuado, en salud y bienestar hasta la vejez.
  26. Todos tenemos derecho a la educación y los padres tienen el derecho a escoger el tipo de educación para sus hijos.
  27. Todos tenemos derecho a participar de la vida cultural de la comunidad, con protección de nuestros intereses morales y materiales, así como de las producciones de las que seamos autores.
  28. Todos tenemos derecho a un orden social que haga efectivo estos derechos y libertades.
  29. Todos tenemos deberes respecto a la comunidad; y nuestros derechos y libertades solamente son limitados por la ley para reconocer y respetar los derechos y libertades de los demás, para satisfacer la moral, el orden y el bienestar común.
  30. Todos tenemos derecho a no ser privados de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración.

(Declaración íntegra de los treinta artículos de DDHH aquí.)

Desde el testimonio cristiano-evangélico:

Todos tienen derecho de conocer la oportunidad de redención de la dignidad humana que Dios ofrece por los méritos de Su hijo Jesús. Cree en Jesucristo y serás salvo. Que la gracia de Dios reine por Su justicia en nuestros países para traer reconciliación, convivencia y respeto entre conciudadanos. ¡Paz y bien!

3 comentarios

  1. […] Jerusalén es conocida como la ciudad mística-religiosa (disfruto mucho vivir aquí), y Haifa como la de la convivencia inter-religiosa. Tel Aviv, en cambio, es la ciudad de la tolerancia y a la vez del nihilismo posmoderno. Las tres ciudades ilustran la libertad de pensamiento, conciencia y opinión. Por supuesto que en Israel hay ciudades, comunidades o barrios donde predomina una cultura o religión, pero todas cuentan con la garantía de parte del estado de que su libertad estará limitada solamente por el orden y el bienestar común. […]

  2. Que importante es abordar el tema de los derechos humanos desde una cosmovision biblica ya que Dios es el Creador y el Salvador del ser humano. Toda persona lleva el sello de su Creador por lo tanto tiene dignidad.

¿Qué opinas tú? Leeré tu comentario.