Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.
En el “Día De Los Derechos Humanos” invoco el Artículo 18 para manifestar que no encuentro en la Biblia choque con estos 30 artículos de la Declaración. En general, estos artículos no contradicen principios fundamentales en las Sagradas Escrituras; y en particular, al menos 19 de ellos tienen fuerte sintonía con valores distintivos de la Justicia y el Derecho que se declaran en el Pentateuco, los Profetas, el Sermón del Monte y las Epístolas, entre otros. Como cristiano, aprendiz de la Palabra de Dios, considero que hay una base teológica suficientemente demandante para velar por que se respeten estos treinta artículos contenidos en la Declaración Universal de Derechos Humanos, proclamados el 10 de diciembre de 1948 en la Asamblea General de las Naciones Unidas.
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